jueves, 10 de septiembre de 2015

RESEÑA HISTORICA




RESEÑA HISTORICA



ORIGENES:



El origen, histórico lo encontramos en culturas y épocas de la humanidad, donde se desarrolló lo que conocemos como MASC.



En Grecia, la conciliación se encontraba regulada por la ley, en donde analizaban los hechos que originaban el conflicto y trataban de convencer a las partes para llegar a un acuerdo transaccional, ya que los griegos le otorgaban a estos acuerdos la fuerza de ley.



En Roma, las doce tablas respetaban los acuerdos a que llegaran las partes en disputa; el mismo Cicerón aconsejaba la Conciliación, por ser un acto de liberalidad digno de elogio, además aborrecía los pleitos.



Con la llegada del cristianismo, estas formas de solucionar los problemas, encontraron eco en las santas escrituras, y es así como en el evangelio de San Mateo se encuentran pasajes que hacen referencia, a ello: Al que quiere litigar contigo y quitarte la túnica, dale también el manto, Se transigente con tu adversario pronto, mientras estés con él en camino, no sea que te entregue al juez, Si pecare contra ti tu hermano, ve y corrígele a solas; si te oyere, habrás ganado a tu hermano, pero si no te oyere, lleva contigo uno o dos, para que en boca de dos o tres testigos esté la palabra.



En cuanto a la Edad Media, Miguel Gerardo Salazar, en su obra Curso de Derecho Procesal de Trabajo, dice que en la Edad Media, en el Fuero Juzgo, Ley 15, título 1°, libro II se habla de los mandaderos de Paz y avenidores, pero estos funcionarios no eran una institución permanente, sino que fueron nombrados en cada caso por el rey, para conciliar los pleitos, que éste les indicaba.



Desde el siglo XVIII, la conciliación fue incorporada permanentemente, como un medio de solución de conflictos; este proceso de incorporación fue progresivo, empezó en los pueblos del norte, como Holanda, y fue extendiéndose, por el resto de Europa, a tal punto que en países tales como Francia y España, se declaró su obligatoriedad antes de exigir cualquier acción civil.

VICTOR CAJAMARCA
ESTUDIANTE DE PSICOLOGIA

DEFINICION METODOS ALTERNATIVOS DE SOLUCION DE CONFLICTOS (MASC)



METODOS ALTERNATIVOS DE SOLUCION DE CONFLICTOS
(MASC) 

Los métodos alternativos de solución de conflictos, son sistemas que brindan a las partes enfrentadas alternativas para resolver sus discrepancias sin tener que acudir a los tribunales.

Algunos de estos métodos (MASC) son el arbitraje, la mediación, la conciliación, etc.

Estos sistemas de gran tradición en los países anglosajones, tratan de promover que el hecho de acudir a los tribunales sea el último recurso para resolver cualquier discrepancia o controversia.

Los métodos (MASC) son más eficaces, rápidos y baratos que la Justicia tradicional.

Además, son un medio para desatascar los tribunales de un buen número de asuntos que pueden resolverse por estas vías y que ralentizan la Administración de Justicia en su conjunto.

En Colombia, donde los conflictos suceden a diario, sobrepasan el promedio normal de cualquier tipo de sociedad, es necesaria la existencia de un poder judicial eficiente.

La historia ha demostrado que el sistema judicial colombiano, no es del todo eficiente por múltiples motivos, uno de ellos y quizás el principal, es el alto número de conflictos que llegan a los estrados judiciales generando la congestión de trabajo con la que cuentan nuestros jueces y magistrados.

Es por lo anterior que en la década de los noventa, se han venido fortaleciendo métodos de solución de conflictos, que se conocen como MECANISMOS ALTERNATIVOS DE SOLUCION DE CONFLICTOS.

Dicho fortalecimiento consiste en la creación de una legislación acorde y atractiva para que cualquier individuo utilice estos métodos, por lo que podría decirse que ha tenido éxito, en unos casos más que en otros, pero a la larga han satisfecho en buena parte las expectativas en ellos depositadas.


Viviana Hawleidys Salinas Murcia
ESTUDIANTE DE PSICOLOGIA