domingo, 11 de octubre de 2015

NUEVOS LINEAMIENTOS JURISPRUDENCIALES EN MATERIA DE CONCILIACIÓN JUDICIAL Y EXTRAJUDICIAL EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.




NUEVOS LINEAMIENTOS JURISPRUDENCIALES EN MATERIA DE CONCILIACIÓN JUDICIAL Y EXTRAJUDICIAL EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.


1 comentario:

  1. mediante la circular externa N° 07 del 11 de septiembre de 2014, La Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, abordó I) el análisis de las generalidades de la conciliación en lo contencioso administrativo, II) determinó cuales son los asuntos conciliables y no conciliables, III) indicó las condiciones de la conciliación extrajudicial como requisito de procedibilidad en materia contencioso administrativa, IV) la fecha en que resulta exigible la conciliación como requisito de procedibilidad para acudir a la jurisdicción contencioso administrativa, V) en qué casos es necesario la conformación de comités de conciliación, VI) cuál es la actuación del ministerio público en el trámite de conciliaciones en asuntos contencioso administrativos, VII) analizó la acción de repetición en el marco de la conciliación extrajudicial, VIII) la caducidad del término para ejercer o interponer los medios de control o acciones contencioso administrativas y la conciliación, IX) la conciliación extrajudicial realizada después de presentada la demanda contencioso administrativa, X) la aprobación judicial de la conciliación, XI) la extensión de los efectos de cosa juzgada de la conciliación al proceso judicial, XII) las conciliaciones lesivas para el patrimonio del Estado o para los derechos de los particulares y, finalmente, XIII) las actas de conciliación.

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